La Sala Suprema Penal Transitoria de Lima, emitió pronunciamiento sobre la casación Nro. 00108-2019, plateada por el Ministerio Publico contra la resolución que declaró de oficio el sobreseimiento (archivo) de la demanda penal por el delito de colusión a favor del exalcalde de Puno, Iván Joel Flores Quispe. Esta Sala considero inadmisible los recursos de casación de la Fiscalía y el cuadernillo se archiva definitivamente.

“Declararon nulo el concesorio del 21 de diciembre de 2018 (folio 599), e inadmisibles los recursos de casación interpuestos por el representante del Ministerio Público y la Procuraduría Pública Anticorrupción Descentralizada de Puno, contra el auto de vista del 26 de noviembre de 2018 (folio 549), en el extremo que confirmó el auto del 22 de agosto de 2018, el cual declaró de oficio el sobreseimiento a favor de Iván Joel Flores Quispe, Ynes Bejar Barriga, Édgar Centeno Chavarría, Carlos Javier Rondón Vilca y Marco Antonio Loayza Sánchez; en el proceso penal que se les sigue por el delito de colusión (previsto en el segundo párrafo, del artículo 384 del Código Penal, en perjuicio de la Municipalidad Provincial de Puno”, se indica en la resolución.

En abril del año 2015, la Fiscalía acusó al exalcalde Iván Flores y sus presuntos cómplices de colusión por defraudar patrimonialmente al Estado por 100 mil soles que la empresa Backus transfirió con carácter de donación para la organización de la Festividad de la Virgen de la Candelaria 2015.

En el año 2018, la jueza María Candelaria Morales Segura resolvió el archivamiento (sobreseimiento) del caso respecto a los enfiladeros, pues durante la investigación se habría determinado que los bienes sí existen y que fueron ingresados informalmente bajo el patrimonio de la municipalidad provincial de Puno. Lo extraño de todo es que la factura de pago por los enfiladeros tiene la misma fecha de la firma del convenio.

No obstante, que, en el proceso judicial iniciado contra la ex autoridad y sus cercanos colaboradores, queda en investigación determinar el destino de los restantes 20 mil soles (de los 100 mil), que según las investigaciones fiscales fueron depositadas a la cuenta personal de la ex asesora Ynés Bejar. Sobre este punto aún queda pendiente el pronunciamiento del Poder Judicial.