Cruz Silva – asesora de IDEELE

La doctora Cruz Silva, asesora de IDEELE, interpreta el fallo emitido por la Corte Suprema por el cual da a conocer que le constitución política del estado no garantiza el derecho a la protesta que tiene la ciudadanía; señalando que el tema pasa por tres puntos clave.

Cuándo identifica la protesta, incluso pacífica significaría un delito para la sentencia en cuestión, lo que contrapone los principios universales, además la sentencia pone en mismo saco las medidas contra la protesta y contra el vandalismo, la corte en la sentencia pone en igualdad de condiciones ambos términos, además la sentencia señala que el derecho de protesta, no tiene cobertura constitucional, pero si bien es cierto no tiene un apartado en la constitución, se sustenta en otros derechos, petición, participación ciudadana, etc.

A la pregunta, que significa esta sentencia para el día a día, la doctora Cruz Silva señaló que contradice otros fallos, como el del Baguazo, donde se dijo que, en el bloqueo de las carreteras, que fue procesado como un delito, no fue finalmente considerado como tal.

Incluso en otro fallo del Tribunal Constitucional sus miembros hablaron sobre el contenido del derecho a la protesta, lo en la sentencia de la Corte no se hace mención. Por lo tanto, contradice otros fallos, la sentencia es errada y pone en libertad a los jueces para que puedan interpretar el ejercer o no ese derecho

Cuando se limita la salud o alimentación de la persona, eso es vandalismo, lo que debe ser denunciado, pero no se condice a que se llegue a los funcionarios para hacer conocer las demandas, si no está en riesgo la vida y salud de las personas. Sin embargo, el destrozo de locales, la quema de locales de sistema de justicia, donde se pierden expedientes, tampoco es razonable, son dos asuntos diferentes, dijo Cruz Silva.

Respecto a la censura que el estado quiere establecer en contra de quienes entonan una canción que se ha hecho popular, resulta ser una crítica a los funcionarios por lo tanto no es un delito y los funcionarios públicos deben ser tolerantes porque se trata de una forma de reclamo para llamar la atención y hacer sentir los reclamos que tiene la población.

No es una calumnia, ni una imaginación, el termino Dina Asesina, está interpretado por los familiares de las víctimas y espacios internacionales que están de acuerdo con el tema de la responsabilidad de funcionarios e incluso de la propia presidenta que permitieron los asesinatos, los muertos hablan y estamos en dentro de la Libertad de expresión, señaló Cruz Silva.

En otra parte de su participación, Cruz Silva, refiriéndose a la intervención de los niños, dijo que ellos también tienen una voz, por lo tanto, su interpretación responde a su voluntad, sin embargo, en el caso de que fueran presionados ú obligados a hacerlo, si se puede considerar como un delito que merecería una sanción a los responsables. (F.B.R)

R.G.Q