El pleno del Congreso aprobó, en primera votación, el texto sustitutorio recaído en los proyectos de ley 8507 y 8959 que propone modificar la Ley 30483, Ley de Carrera Fiscal; Ley 29277, Ley de la Carrera Judicial y el Nuevo Código Procesal Penal. Con estos cambios se podría sancionar tanto a jueces como fiscales que liberen a presuntos criminales que enfrenten penas severas.

Según el texto sustitutorio, se considera una falta muy grave cuando el fiscal no formula el requerimiento de prisión preventiva para las personas detenidas en flagrancia por la policía por delitos cuya pena privativa es mayor de 5 años, pese a que contaron con los elementos de convicción suficientes u omitiendo pruebas para que el juez declare infundado el requerimiento.

En el caso de los jueces se modifica el artículo 48 de la Ley de la Carrera Judicial, que refiere a faltas muy graves para ellos si liberan a detenidos en flagrancia.

“Ordenar, omitiendo sus deberes funcionales, la libertad de personas detenidas en flagrancia por la Policía Nacional del Perú o detenidas bajo arresto ciudadano por la comisión de delitos cuya pena privativa de libertad es mayor de cinco años”, se resalta.

¿Quiénes impulsaron la propuesta?

La propuesta legislativa fue presentada por las bancadas de Renovación Popular y Avanza País. En el pleno del Congreso fue el presidente de la Comisión de Justicia, Isaac Mita, quien sustentó la iniciativa señalando que esta norma busca reducir la criminalidad y que los representantes del Ministerio Público como el Poder Judicial realicen mejor su trabajo.

Por su parte, el legislador Alejandro Muñante, autor de la propuesta, dijo que esta norma “sancionará a los malos jueces y fiscales”, que se valen de su autonomía e independencia para liberar a delincuentes detenidos en flagrancia. (RPP)

R.C.M.

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