En el estado de emergencia que se vive en la actualidad, el municipio Provincial de San Román, habría incorporado en una ordenanza municipal la infracción M41, el que textualmente manifiesta “infracción M41 circular interrumpir y/o impedir el tránsito en situaciones de desastres naturales o emergencia incumpliendo las disposiciones de la autoridad competente para la restricción del acceso a la vía”.
Según el representante de la escuela de conductores san Martin de la ciudad de juliaca, y especialista en temas de transporte, Fidel Edwin Ayna Cachicatari. Esta disposición sería la conducta que establece el reglamento nacional de tránsito, con una multa de s/. 6,450 soles. Y esta infracción se habría estado dando en la ciudad de Juliaca, además a ello se sumaría una medida preventiva que es la retención del vehículo, situación que ha puesto en preocupación a los conductores en esta jurisdicción.
“En este estado de emergencia que nos encontramos no hay infracción de tránsito que se pueda imponer por circular” declaró el especialista. Al tiempo de indicar que no estamos en situación de emergencia por tal razón la infracción no es correcta.
El especialista se remitió al Decreto Supremo 006-2016-MTC, publicado el 22 de julio del 2016, éste decreto supremo incorporó la infracción M41 al código de tránsito, y según el fundamento del decreto supremo fue por los huaycos, inundaciones reportadas durante ese año (2016). Donde algunas vías quedaron colapsadas por desastres naturales, quedando restringidas; por tal razón el ministerio de transportes emite la norma con la finalidad de que los conductores no circulen por estas vías.