El Ministerio de Educación aprueba el retorno a la modalidad presencial y/o semipresencial en las universidades públicas y privadas, así como las escuelas de posgrado. Esto se llevará a cabo de forma flexible y gradual, mediante la implementación excepcional de modelos híbridos de enseñanza, en estricto cumplimiento con las medidas de prevención y control del covid-19.
a aprobación se dio mediante la publicación de la Resolución Viceministerial N.º 015-2022-MINEDU en el diario El Peruano, donde además se brindan las orientaciones que permitirán guiar a las casas de estudios sobre cómo llevar a cabo el retorno gradual bajo seis principios: seguridad, flexibilidad, autodeterminación, equivalencia, accesibilidad y calidad.
Según la normativa, antes de ofrecer el servicio educativo las universidades deberán definir el modelo híbrido y el porcentaje de presencialidad a implementar. Todo ello en el marco de su autonomía y de acuerdo con el análisis de la capacidad institucional, las características de su comunidad universitaria, así como su localización geográfica.
Asimismo, se sugiere que prioricen preferentemente aquellas asignaturas con contenidos que requieran un uso intensivo de ambientes e instalaciones especializadas para el desarrollo de sus actividades académicas de naturaleza práctica.
Por otro lado, dentro de los modelos educativos híbridos a desarrollarse, las orientaciones aprobadas consideran tres diferentes escenarios a través de los cuales las universidades podrían implementar dichos modelos. El primero es el que toma en cuenta la agrupación de estudiantes, como clases simultáneas, mixtas, replicadas paralelamente y rotativas por grupos de estudiantes.
El segundo es aquel centrado en la naturaleza de la asignatura, en el que se llevarán de manera presencial o no presencial, así como de naturaleza mixta. Por último, el tercer escenario es aquel centrado en las y los estudiantes, en el que se brindarían asesorías personalizadas; autonomía para escoger la forma del dictado de la asignatura; puntos estratégicos de aprendizaje y actividades de verano y/o periodo vacacional.
Con esta normativa, las universidades se encuentran habilitadas para brindar un servicio presencial o semipresencial durante el 2022-1, sin que ello implique una modificación de licencia, dejando la educación remota de emergencia, que se tuvo que implementar a causa de la emergencia sanitaria. (Andina)
JCP