
El último martes 28 de octubre, los peruanos mostraron su inconformidad debido a que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) publicó los datos personales de los ciudadanos en la plataforma web del Padrón de Elecciones 2026. A pesar del malestar de las personas, Reniec señaló que este es «un paso legal, obligatorio y transparente» establecido por la Ley Orgánica de Elecciones – LOE (Ley N.º 26859).
Sin embargo, La República pudo acceder al Proyecto de Ley N°. 497/2017-CR publicado en el portal del Parlamento, que presentó la excongresista de Fuerza Popular, Rosa Bartra, en 28 de octubre del 2016, 4 meses después de que Keiko Fujimori perdió las elecciones con Pedro Pablo Kuckzynski.
En dicho documento, la exlegisladora propuso modificar el artículo 198 de la LOE. La iniciativa planteaba que el Reniec «publica el padrón inicial a través de su portal institucional y, en aquellos lugares con deficiente cobertura de internet, mediante listas del padrón inicial que se colocan en sus Oficinas Distritales, en lugar visible». Es decir, pasaría a ser de manera virtual a través de la plataforma de la entidad.
Es importante resaltar que la norma original que data de 1997 establecía lo siguiente: «El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil publica listas del padrón inicial que se colocan en sus Oficinas Distritales en lugar visible, después del cierre de inscripciones». En pocas palabras, que el padrón inicial solo se coloque en las oficinas de cada distrito de la entidad.
En detalle, la primera votación del 20 de septiembre del 2017, que le dio el visto bueno a la iniciativa, contó con el respaldo 72 votos a favor, 2 en contra y 23 abstenciones. Además, se exoneró de segunda votación con la venia de 71 parlamentarios. Casi el total de votos, pertenecientes a la bancada fujimorista, quien es ese entonces, consiguió 73 escaños.
Sin embargo, la norma fue observada por el expresidente PPK el 18 de octubre del 2017. Es importante resaltar que no se objetó lo presentado por la legisladora Bartra, sino lo que plantearon sus colegas en el paquete de proyectos de ley que se adjuntaron. A pesar de ello, la ley fue publicada el 20 del mismo mes a través de la Ley N.º. 30673 en el diario oficial El Peruano.
Este dato coincide con el comunicado que difundió Reniec este 29 de octubre, que señala que, desde 2017, «conforme a Ley» se publica «en la página web institucional». Es decir, a partir de esa aprobación, se difunde el padrón electoral inicial en internet.
Por otro lado, las crítica de los ciudadanos agravaron la situación debido a que la divulgación de datos como los nombres, apellidos, DNI y direcciones de domicilios se dan en medio de una alta ola de criminalidad y extorsión que afronta el Perú. Por ese motivo, la población mostró su preocupación al ver sus datos en internet.
Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales anuncia supervisión tras difusión del padrón
A través de un comunicado, la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD) del Ministerio de Justicia advirtió que la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) establece que los datos personales como los domicilios o huellas dactilares, no deben ser difundidos ni entregados públicamente. «Estos datos están protegidos por su carácter personal y su divulgación podría vulnerar la privacidad de los ciudadanos», expresó.
En ese sentido, la ANPD anunció que ha iniciado una supervisión para verificar el cumplimiento de la ley de protección de datos personales por parte del Reniec. Según sostuvo la autoridad, esto se da «en lo «concerniente a la observancia de los principios de finalidad y proporcionalidad». Además, la ANPD le hizo un llamado de atención al Reniec al indicar que la lista del padrón inicial difundida «permite acceder a información de otras personas, además de la del ciudadano que realiza la consulta, lo cual podría exceder los límites de la publicidad establecida por la norma».
Dato
En 2021, luego de que perdió las Elecciones por tercera vez, Fuerza Popular presentó un habeas data al Poder Judicial con la finalidad de que la ONPE entregue las listas de personas que sufragaron en la segunda vuelta contra Pedro Castillo con información de firmas y huellas dactilares.
En aquel entonces, tras la derrota electoral, se denunció un supuesto «fraude electoral», a pesar de que observadores internacionales indicaron que las elecciones se realizó correctamente.
Defensoría del Pueblo exhorta a Reniec a garantizar protección de datos personales tras filtración masiva
La entidad liderada por Josué Gutiérrez instó al Reniec a enfocarse en salvaguardar la información confidencial, luego de que se descubriera que los datos personales de los votantes eran accesibles para cualquier individuo que poseyera el número de DNI del ciudadano consultado.

“Al revisar dicha plataforma, hemos advertido que muestra información personal sensible, como la dirección domiciliaria, la huella dactilar y la fotografía de identificación. Recordamos que estos datos están protegidos por la Ley n° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, por lo que deben mantenerse en reserva”, expresó la Defensoría.
“La Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos determinó que, si bien el padrón electoral es público, existe restricción sobre la información relativa al domicilio y la huella dactilar”, acotó. (LR)
YC.
