
El Concejo de la Municipalidad Provincial de Puno aprobó, en sesión ordinaria, la Ordenanza Municipal N.° 082-2025-C/MPP, que modifica la Ordenanza Municipal N.° 084-2021-C/MPP, específicamente el Código de Infracción PI-2 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS). La modificatoria fue sustentada por el equipo técnico y legal de la comuna, estableciendo criterios más precisos para la fiscalización del transporte urbano, interurbano y taxi.
La ordenanza dispone que todo conductor o prestador del servicio que opere sin autorización municipal o sin contar con la Tarjeta Única de Circulación (TUC) será sancionado con una multa equivalente a una Unidad Impositiva Tributaria (1 UIT), sin posibilidad de descuento. Según se informó, la aplicación de esta sanción estará a cargo de la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial, respetando el procedimiento administrativo sancionador y garantizando el debido proceso conforme a la normativa vigente.
Al respecto, el regidor Efraín Colca Borda señaló que la ordenanza entra en vigencia tras su aprobación, promulgación y publicación correspondiente, y está dirigida a combatir la informalidad en el servicio de transporte, que incluye taxis, transporte urbano e interurbano. Indicó además que la sanción puede alcanzar también a las empresas cuando se detecte que unidades informales operan bajo su identificación, precisando que no se contemplan otras sanciones adicionales más allá de la multa establecida. (R.A.)
