El Colegio de Abogados de Arequipa, en cumplimiento de su función jurídica y social, respecto del conflicto por el Proyecto Minero “Tía María”, informa lo siguiente a la población:

Nuestra Orden Profesional mantiene la tradición de defensa de la institucionalidad democrática, del respeto a la autonomía de los órganos de la administración de justicia y del principio de igualdad ante la Ley; frente a estos hechos hemos sentado posición emitiendo pronunciamientos al respecto.

En busca de promover un verdadero diálogo, con respeto y tolerancia, que contribuya a superar la situación de entrampamiento y conflicto, el Colegio desarrolló el día 03 de julio en nuestra sede institucional el Foro Debate Técnico y Social: Posibilidades e Inconvenientes del Proyecto Tía María, con la participación de técnicos de las partes interesadas en el conflicto.

En el evento participaron: En representación del Ministerio de Energía y Minas, el Ingeniero Elvis Javier Medina Peralta; por la empresa Southern Perú, su equipo de técnicos integrado por los ingenieros Jaime Arana, José Vargas, Fernando Núñez y el especialista en ambiente Darío Oviedo; y en la otra mesa, los técnicos que sustentan observaciones al Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proyecto, los ingenieros Marlene Castillo Fernández, Javier Jahncke Benavente y Otto Ito Urquizo.

Las exposiciones y el debate técnico nos permiten arribar a las siguientes conclusiones:

El proceso de extracción de mineral se llevará a cabo tanto en los yacimientos “La Tapada”, ubicada a 1.3 kilómetros de distancia del Valle de Tambo; mientras que “Tía María” se ubica a aproximadamente a 3.0 kilómetros del valle y a 4.0 kilómetros de la localidad habitada más cercana que es El Fiscal.

Las partes han reconocido que tanto en los yacimientos de “La Tapada” como “Tía María”, existen Óxidos y Sulfuros, es decir, de Cobre y, debajo de éste, Oro, en ese orden.

El proyecto considera que la producción y obtención del mineral se hará mediante el proceso de lixiviación, actividad que se ejecutaría en el Valle de Tambo, en el sector denominado “Pampa Cachendo”.

La lixiviación es un proceso de carácter hidrometalúrgico, el cual consiste en la obtención del cobre que se encuentra en minerales oxidados, los cuales son separados a través de la aplicación de una disolución de ácido sulfúrico, compuesto muy reactivo y corrosivo con alto riesgo de impactos ambientales a la naturaleza como a la salud humana.

Mientras que la lixiviación de oro es el proceso de extracción sólido-líquido que consiste en separar el mineral de los sulfuros utilizando como disolvente el cianuro (interviniendo además el zinc y ácido sulfúrico) y en algunos casos el nitrato de plomo para producir la disolución. Proceso que conlleva graves riesgos ambientales, por la alta toxicidad y reactividad con efectos perjudiciales en la vida silvestre y humana, razón por la cual este método ha sido prohibido en varios países del mundo.

Por su parte la minera Southern Perú asegura que solo va a extraer Cobre y por consiguiente el EIA es aplicado únicamente a éste proceso de extracción. Sin embargo, los vacíos de nuestra legislación no nos garantizan que se cumpla lo señalado por la empresa minera, toda vez que, conforme al segundo párrafo del artículo 13º del TUO de la Ley General de Minería, D. S. Nº 014-92-EM, se establece: “La concesión minera podrá ser transformada a sustancia distinta de la que fuera inicialmente otorgada, para cuyo efecto será suficiente la declaración que formule su titular.” Dicha norma concuerda y se repite textualmente en el segundo párrafo del artículo 21º de la Ley de Promoción de Inversiones en el Sector Minero, D. Leg. Nº 708.

Lo que daría lugar a que en un futuro, cuando se agoten las vetas de cobre, la empresa Southern Perú podría iniciar el proceso de extracción de oro, transformando la concesión de Cobre a sustancia distinta (Oro) con la sola presentación de una declaración; sin necesidad de presentar un nuevo EIA, lo cual sería grave amenaza para el medio ambiente del Valle; lo que evidencia una situación real que no prevé la Ley.

Dicho esto, es obligación ética y moral del Colegio de Abogados de Arequipa, señalar lo siguiente:

• En lo social nos encontramos entrampados en un conflicto con saldo lamentable de pérdida de vidas, sin solución y en estado de emergencia, con un gobierno que ha perdido credibilidad y autoridad moral para generar la licencia social en un marco de concertación y dialogo.

• En lo ambiental no contamos con las garantías necesarias de un proyecto que respete los estándares internacionales y que asegure el desarrollo y al mismo tiempo la conservación del medio ambiente establecida en la Ley.

• En lo económico el actual modelo legal no garantiza una justa distribución de las riquezas, favoreciendo con cuantiosas ganancias a la gran minería, mientras que el Estado no obtiene mayores beneficios económicos en favor del país.

Por lo señalado, el Colegio de Abogados de Arequipa, considera que el actual modelo legal debe cambiar para que se asegure una justa distribución de los recursos a través del Estado para el desarrollo sostenible de los pueblos, y al mismo tiempo asegure la preservación de la vida humana, la fauna y la conservación del medio ambiente; en consecuencia, en las actuales condiciones, el proyecto minero “Tía María” es inviable.

Colegio de Abogados de Arequipa

Alfredo Álvarez Díaz

Decano 2014-2015