El Gobierno aprobó el lineamiento sectorial para la prevención de la covid-19 en el servicio de transporte de estudiantes de nivel escolar, técnico y superior, destinado a regular las obligaciones del transportista, conductor, tripulación y usuario, referidas principalmente a la vacunación, aforo, elementos de protección personal, limpieza y desinfección.

Así, entre las principales obligaciones figuran usar doble mascarilla o una KN95 y no consumir alimentos durante el recorrido. También se establece que solo podrán conducir la movilidad escolar aquellas personas que cuenten con la doble vacunación, y, si es mayor de 40 años, con la dosis de refuerzo, señala la Resolución Ministerial N° 130-2022-MTC/01, publicada ayer en el Diario Oficial El Peruano.

Asimismo, en los lineamientos se permite el aforo al 100% del número de asientos del vehículo. También se deberá verificar que no se presenten aglomeraciones en los puntos de abordaje y llegada del vehículo y se recomienda mantener el distanciamiento de un metro entre los usuarios.

Igualmente, se menciona que los escolares deberán desinfectarse las manos con alcohol gel al 70%. Se recomienda el uso adicional del protector facial para la tripulación y los usuarios. Y no quitarse la mascarilla al toser o estornudar.

El documento de igual modo menciona que las ventanas del vehículo deben mantenerse abiertas para una mejor ventilación y que los transportistas deben limpiar y desinfectar el vehículo antes de prestar el servicio.  Asimismo, se pide acondicionar una separación (acrílico, policarbonato o material análogo) que aísle al conductor de los usuarios.

Al respecto, la autoridad de transporte reitera que con estas medidas se busca garantizar la salud y la vida de los pasajeros, conductores y del personal que labora en las empresas de transporte escolar. (Andina)

R.C.M.

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