La Corte Interamericana de Derechos Humanos en Perú (Corte IDH) requirió al Estado peruano presentar sus observaciones, hasta el 12 de junio próximo, sobre la solicitud de medidas provisionales respecto de los casos Barrios Altos y La Cantuta por la iniciativa parlamentaria que busca la prescripción de los delitos de lesa humanidad.

Así lo informó la Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh) en su cuenta de la red social X, donde señalaron que ha presentado, junto a otras cinco entidades civiles, una solicitud de medidas provisionales a la Corte IDH por los casos Barrios Altos y La Cantuta, dos de los más sonados casos de abuso a los derechos humanos, por los cuales fue condenado el expresidente Alberto Fujimori.

Junto a Aprodeh presentaron la solicitud el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paza (Fedepaz), el Instituto de Defensa Legal (IDL), la Comisión de Derechos Humanos (Comisedh) y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH).

Una comunicación firmada por el secretario de la CorteIDH, Pablo Saavedra, confirma la recepción de la solicitud hecha el viernes sobre las medidas cautelares y en la que también piden que se ordene al Estado peruano interrumpir el trámite legislativo del proyecto de ley que busca precisar los alcances del delito de lesa humanidad.

La carta, compartida por Aprodeh en X, agregó que se ha solicitado al Estado peruano y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que, a más tardar el 12 de junio, “presenten sus observaciones” a esta solicitud de medidas provisionales.

Iniciativa aprobada en primera votación

La norma a la que se hace alusión en el documento de la Corte IDH busca impedir que se procese a cualquier persona por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra ocurridos en Perú antes de 2002, con lo que se excluye el periodo del conflicto interno que dejó más de 69 000 víctimas.

La iniciativa también indica que el Estatuto de Roma, que estableció que cualquier acusado de crímenes de guerra pueda ser procesado por la Corte Internacional, entró en vigencia en el ordenamiento jurídico el 1 de julio de 2002.

Además, que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad lo hizo el 9 de noviembre de 2003.

Este proyecto aún debe ser refrendado en una segunda votación en un plazo de siete días antes de ser enviado al Ejecutivo, para su eventual promulgación o devolución con observaciones. (RPP)

R.C.M.

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