El Poder Ejecutivo aprobó este sábado el Decreto de Urgencia Nº 005-2024 que dicta medidas extraordinarias en materia económica y financiera para garantizar el acceso a medicamentos genéricos a la población.

Dicha norma, publicada en el boletín extraordinario de Normas Legales del diario oficial El Peruano, indica que las farmacias y botica del sector privado «están obligadas a ofertar los medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional».

Asimismo, detalla que deberán mantener un stock mínimo del 30 % de la oferta total de cada uno de estos fármacos, los cuales estarán en un listado que será aprobado por el Ministerio de Salud.

La resolución precisa, además, que el decreto de urgencia estará vigente hasta el 31 de julio del presente año.

Por otro lado, el documento señala que el listado de medicamentos esenciales genéricos que comprende el decreto de urgencia, será aprobado mediante una resolución por el Ministerio de Salud en un plazo máximo de 10 días hábiles de publicada la presente norma en El Peruano

Cabe señalar que el dispositivo fue refrendado por la presidenta de la República, Dina Boluarte; el jefe del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén y los ministros de Economía y Salud, José Arista y César Vásquez, respectivamente.(RPP)

R.C.M.

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