El pleno del Congreso aprobó ayer el dictamen de allanamiento a las observaciones del Poder Ejecutivo para exonerar del impuesto general a las ventas (IGV) a los principales alimentos de la canasta básica familiar. Conoce aquí cuáles son los productos beneficiados.

– Carne de aves de la especie Gallus domesticus (pollo, gallo, gallina)  frescos, refrigerados o congelados.

– Huevos frescos de gallina de la especie Gallus domesticus

– Azúcar

Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma.

Pan

La vigencia de la exoneración del IGV a los mencionados alimentos regirá desde el 1 mayo hasta el 31 de julio de 2022.

El monitoreo de la Ley se delega al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).

Lo dispuesto en la Ley es de aplicación a las operaciones de importación o venta de los bienes señalados que se realicen en las zonas comprendidas en la Amazonía a que se refiere la Ley de Promoción de Inversión de la Amazonía. (Andina)

R.C.M.

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