El abogado Marcial Parí Galindo, a través del Decanazo del último sábado realizó un análisis legal de lo que viene ocurriendo tras la serie de pedidos de nulidad de actas solicitada por Fuerza Popular, señalando que algunos de los argumentos presentados no tienen validez, poniendo como ejemplo el tema de que exista una diferencia en la firma de miembros de mesa con su DNI, lo que no se contempla como causal de nulidad.

Dijo que la presencia de los observadores de organismos electorales, como de la OEA, así como la opinión de presidentes de otros países quienes han opinado que el proceso electoral peruano ha sido exitoso, origina que las tensiones hayan bajado e incluso el mensaje de Fuerza Popular haya cambiado.

El letrado señaló por otro lado que, para determinar las causales de nulidad parcial, la norma está prevista en la Ley 26849, Ley Orgánica de Elecciones que en su artículo 353, incisos a, c y d, establece las 4 causales por las que puede haber nulidad, ninguna de las cuales se ha presentado en el controvertido caso que lo vienen ventilando los jurados especiales y finalmente el Jurado Nacional de Elecciones.

R.C.M.

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