Hoy se publicó la Ley N° 31448 que declara de interés nacional el mejoramiento y ampliación de los servicios destinados a la habilitación y rehabilitación de las personas con discapacidad.

De igual forma, se declara de interés nacional la promoción del acceso de las personas con discapacidad a dichos servicios en forma oportuna y sin discriminación, a fin de mejorar su salud física y mental.

La ley figura en la edición de hoy del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

En los establecimientos de salud a cargo del Ministerio de Salud, de los gobiernos regionales, EsSalud, del Ministerio del Interior y del Ministerio de Defensa, el mejoramiento y ampliación de los servicios de salud se sujetarán a la disponibilidad presupuestal de los respectivos pliegos, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.

Los ministerios de Salud y de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a través del Consejo Nacional de Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), según corresponda, aprobarán o adecuarán los respectivos instrumentos normativos a fin de cumplir con el objetivo de la declaratoria establecida en esta ley.

La ley publicada lleva la rúbrica del presidente Pedro Castillo, del jefe del Gabinete Ministerial, Aníbal Torres; de la titular del Congreso, María del Carmen Alva, del segundo vicepresidente del Parlamento, Enrique Wong. (Andina)

R.C.M.

Por admin