La Cuarta Sala Penal de Apelaciones de la Corte de Arequipa confirmó la improcedencia del recurso de hábeas corpus presentado por el ciudadano Julio Jove Vilca, que buscaba la excarcelación de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori.
El tribunal -conformado por los magistrados Fernán Fernández Ceballos, Sandra Lazo de la Vega Velarde y Orlando Abril Paredes- consideró que no hay derechos absolutos y que estos pueden ser restringidos por medidas cautelares como la prisión preventiva, en el caso de Keiko Fujimori.
En esa línea, evaluaron que la excandidata presidencial está recluida en el Penal Anexo de Mujeres de Chorrillos cumpliendo una orden de prisión preventiva -por 36 meses- que fue validada en primera y segunda instancia, lo que confirma que se encuentra sujeta a la «cautela judicial».
La Sala de Apelaciones de Arequipa también recordó que, hasta el momento, no hay un pronunciamiento final por parte de la Corte Suprema, donde hay una casación presentada por Keiko Fujimori y otros en contra de la orden de 36 meses de prisión preventiva y cuya votación todavía no alcanza los cuatro votos necesarios para formular resolución.
En primera instancia, fue el juez Juan Pablo Heredia Ponce, del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Arequipa, el que rechazó el hábeas corpus a favor de Keiko Fujimori.
El ciudadano Julio Jove Vilca consideró que la prisión preventiva contra Keiko Fujimori es arbitraria porque «no existe pronunciamiento sobre el fondo de los cargos imputados». (El Comercio) RCM