Tras supervisar las fiscalías provinciales penales de las provincias de Yunguyo, El Collao-llave, Chucuito-Juli, Puno, Huancané, Moho, Sandia y Carabaya de la región Puno, entre julio y agosto, con el propósito de conocer el estado actual de las investigaciones de casos de feminicidio ocurridos durante el periodo 2019-2022, la oficina de la Defensoría del Pueblo solicitó a la fiscalía a cargo de las investigaciones en curso que agoten todas las diligencias que posibilita el Código Procesal Penal y aceleren su conclusión. Asimismo, refirió que es preciso que formulen sus acusaciones para que se inicie el juzgamiento por parte del Poder Judicial, a fin de lograr una mayor cantidad de sentencias condenatorias.

En efecto, el feminicidio es un crimen de género perpetrado por agresores cuyo propósito es dominar, ejercer control y negar la autoafirmación de las mujeres como sujetos de derechos a través del uso de la violencia. Por lo tanto, en la supervisión se analizaron los indicadores como las causas que lo generaron, edades de los imputados y de las víctimas, niñas/os que quedaron huérfanas/os, la relación entre el imputado y la agraviada, la existencia de alguna denuncia previa, si hubo antecedentes de medidas de protección, el estado actual del caso y si este tiene alguna sentencia condenatoria.

“Si bien este año se ha reducido este tipo de delitos (6 casos en lo que va del año) a comparación del año 2019 (16 casos), no podemos ni debemos bajar la guardia. De los 14 casos que analizamos (9 feminicidios y 5 en grado de tentativa), verificamos que solo cinco cuentan con sentencias condenatorias, mientras que los otros nueve casos aun no llegaron a esta etapa. Además, las penas oscilan entre 5 años y 6 meses en el caso de feminicidio cuyo imputado es menor de edad, y cadena perpetua en el delito de feminicidio con agravante de violación sexual con consecuencia de muerte; por otro lado, en casos de delitos de feminicidios en grado de tentativa, la pena mínima es de 8 años y 7 meses y máxima de 20 años”, sostuvo el jefe de la oficina defensorial de Puno, Jacinto Ticona.

Con respecto a la edad de los imputados se observa que uno es menor de edad, seis tienen entre los 18 años a 30 años, cinco tienen entre 31 años a 40 años, dos entre 41 años a 50 años, y ninguno es mayor de 50 años. También se supo que cinco casos dejaron niñas/os huérfanas/os, perjudicándolos en su proyecto de vida por la afectación en su salud mental. Asimismo, sobre el vínculo que tenía el imputado con la agraviada, en siete de los casos ambas partes vivían juntos, y en los otros siete casos no vivían juntos, pero es de resaltar que en este grupo cuatro eran exparejas o exconvivientes.

Cabe indicar que respecto a las medidas de protección que se brindaron con anterioridad a los hechos, solo en dos de los casos sí hubo dichas medidas, mientras que en los 12 restantes no se emitieron, y solo se comunicó al personal de serenazgo en uno de ellos. De otro lado, debemos precisar que, en siete de los casos, el motivo recurrente que llevó a los agresores a cometer esta violencia extrema hacia la mujer fueron los celos, guiados por ingesta previa de bebidas alcohólicas.

Finalmente, se recuerda que las medidas preventivas ante los hechos de violencia son claves para minimizar el riesgo de que estos se produzcan o para evitar que escalen a formas más atroces, como la desaparición o el feminicidio. Sobre ello, la emisión de medidas de protección y/o cautelares son fundamentales para asegurar la integridad de las víctimas y su ejecución debe ser inmediata, independientemente del riesgo advertido.

R.C.M.

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