La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) anunció que, a partir del próximo 19 de junio, las EIRL y las sociedades podrán tramitar digitalmente la modificación de estatutos, nombramiento y remoción de gerentes, a través del SID-Sunarp, una plataforma que permite realizar el procedimiento registral electrónicamente, sin necesidad de acudir a una oficina.
«Con esta medida se busca fomentar la reactivación de la actividad económica en todo el país, así como promover la virtualización de trámites y servicios», explicó el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Castañeda.
El titular del sector agregó que el SID-Sunarp también permitirá la inscripción de otros actos vinculados al Registro de Personas Jurídicas, tales como la constitución, nombramiento de directivos y modificación de estatutos de Organización Social de Base, modificación de estatutos, nombramiento de junta directiva, otorgamiento y revocatoria de poder de una asociación.
Recordó que, mediante el Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp), se puede realizar el procedimiento registral electrónicamente sin necesidad de llenar formularios físicos ni acudir a una oficina de la Sunarp y todo ello bajo altos estándares de seguridad.
«De esta manera, se simplifican los procedimientos internos relacionados al trámite de documentos, debido a que el parte o copia certificada con la firma digital del notario ingresa directamente a la carga laboral del registrador y genera el asiento de presentación de forma automática, en beneficio directo de los usuarios», señaló el superintendente nacional de los Registros Públicos, Harold Tirado.
Más actos inscribibles
Informó que, a partir de hoy lunes 15 de junio, los actos de modificación y levantamiento de hipotecas se podrán presentar mediante el Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp), lo que garantiza una mayor rapidez en el trámite registral, así como un importante ahorro de tiempo y dinero, pues el ciudadano ya no tendrá que desplazarse a una oficina de la Sunarp para completar su trámite de inscripción.
Indicó que la Resolución N° 067-2020-SUNARP-SN, señala, además, que podrán inscribirse los siguientes títulos de origen notarial a través del SID-Sunarp:
Registro de Predios
– Prescripción adquisitiva de dominio; constitución, modificación o levantamiento de usufructo; patrimonio familiar; extinción de patrimonio familiar; constitución, modificación o levantamiento de habitación; y contrato de opción.
Registro de Bienes Muebles
– Constitución, modificación y cancelación de garantías mobiliarias en el Registro de Propiedad Vehicular (desde el 24 de julio).
– Constitución, preconstitución, modificación y cancelación de garantías mobiliarias; cesión de derechos, fideicomiso, arrendamiento financiero, contrato de opción, usufructo en el Registro Mobiliario de Contratos (desde el 24 de julio).
Registro de Derechos Mineros
– Transferencia, hipoteca, ampliación y levantamiento de hipoteca de concesión minera; contratos de cesión minera, de opción minera, de opción de concesión minera, de cesión y opción de concesión minera; resolución, rescisión, renovación y modificación de cesión y/u opción de concesión minera; contrato de riesgo compartido (joint venture); modificación de contrato de riesgo compartido; ampliación de contrato de riesgo compartido; conclusión de contrato de riesgo compartido; y contratos de asociación en participación (desde el 23 de setiembre).(Andina)