
El abogado Juan Echenique Cáceres, analizó la publicación de la Ley 32494 que establece mecanismos excepcionales para garantizar la continuidad formativa de estudiantes de Universidades Asociativas sin fines de lucro, creadas por ley, con licencia institucional denegada.
Explicó que, «conforme a la normativa vigente, se otorgará un trato especial, el cual establece mecanismos excepcionales destinados a garantizar que los estudiantes que aún cursan sus carreras puedan concluir sus estudios sin contratiempos».
Asimismo, destacó que esta norma es importante porque garantiza la protección de todos los bienes muebles e inmuebles de la universidad, los cuales se declaran intangibles. Es decir, no podrán ser embargados, gravados ni dispuestos por terceros. Remarcó que, si no existiera esta garantía sobre la infraestructura universitaria, la institución estaría en riesgo de extinción.
Echenique Cáceres señaló que, mientras la universidad continúe cumpliendo con sus actividades académicas de manera normal, tiene pleno derecho, una vez concluidas todas las obligaciones establecidas, a presentar una nueva solicitud de licenciamiento ante la SUNEDU en cualquier momento.
Precisó que la «ley no impide que cualquier persona natural o jurídica pueda impulsar la creación de una nueva universidad, siempre que cumpla con las exigencias mínimas y los estándares establecidos para obtener la autorización de funcionamiento».
En esa línea, sostuvo que la universidad, en un futuro, tendría la posibilidad de presentar una nueva propuesta institucional, siguiendo un modelo actualizado y adecuado a las exigencias del sistema universitario. De cumplir los requisitos, podría volver a funcionar mediante un nuevo licenciamiento otorgado por la SUNEDU.
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