El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el padrón electoral que será empleado en las Elecciones Generales del 11 de abril de 2021, el cual comprende a 25 287 954 electores hábiles, tanto en el país como en el extranjero.

De acuerdo con el documento aprobado por Resolución N° 0303-2020-JNE, 24 millones 290,921 ciudadanos están habilitados para sufragar en el territorio nacional, mientras que 997,033 lo podrán hacer en los consulados peruanos en el exterior.

Asimismo, 12 millones 745,409 son mujeres, lo que representa el 50.4% de la población electoral, mientras que 12 millones 542,545 son hombres (49.59%). En tanto, 6 millones 928,324 son menores de 30 años de edad.

Los departamentos que concentran la mayor cantidad de sufragantes son Lima con 8 millones 322,644, La Libertad con 1 millón 429,469, Piura con 1 millón 396,448, Arequipa con 1 millón 145,268, Cajamarca con 1 millón 103,247 y Cusco con 1 millón 25,280.

En tanto, las circunscripciones con menos electores son Madre de Dios (116,513), Moquegua (148,367) y Tumbes (167,771).

En el caso de Lima Metropolitana, el padrón aprobado por el Pleno del organismo electoral precisa que están habilitados para sufragar 7 millones 558,581 ciudadanos.

Previo a la aprobación del documento, la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del JNE desarrolló un minucioso trabajo de fiscalización del padrón inicial de electores remitido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

Mediante dicha labor se contrastó la información recibida con el fin de detectar la existencia de errores en los nombres de los electores, posibles dobles inscripciones o si algunos de ellos figuran en la lista pese a haber fallecido.

Al culminarse este trabajo, el JNE remitió al Reniec las observaciones en la lista del padrón inicial a fin de que sean subsanadas por esta entidad.

La fiscalización del padrón electoral se efectuó en cumplimiento de los lineamientos establecidos por la gestión del titular del JNE, Víctor Ticona, con la finalidad de verificar la legalidad de los procesos electorales y, de ese modo, asegurar que las votaciones reflejen fielmente la voluntad popular. (Andina)

R.C.

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