La Municipalidad Provincial de Carabaya, no almacena las grabaciones por el plazo mínimo establecido en la normativa aplicable, situación que podría afectar que la ciudadanía y las entidades competentes utilicen oportunamente dichas grabaciones y el monitoreo permanente del sistema de seguridad ciudadana.

Según el informe de visita de control 19756, indica que, en presencia de Subgerente de Desarrollo Ambiental y Servicios, Henry Apaza Laura y el Jefe de Seguridad Ciudadana, Luis Alberto Lopez Tordoya, como representantes de la entidad, donde se pudo verificar la existencia de ocho (8) cámaras de videovigilancia en funcionamiento que no cumplen con la grabación de cuarenta y cinco (45) días calendario, conforme se establece Decreto Supremo 007.

“Se advierte que las cámaras de videovigilancia, que se encuentran en funcionamiento, no están almacenando las imágenes, los videos o los audios grabados por el plazo mínimo de cuarenta y cinco (45) días calendario, conforme lo establece el Decreto Supremo 007, situación que incumple la normativa aplicable y que podría afectar su uso oportuno por parte de la ciudadanía y las entidades competentes al limitar su visualización; así como, el monitoreo permanente del sistema de seguridad ciudadana”, remarca el informe en otro punto.

El íntegro del documento fue remitido al alcalde de la Municipalidad Provincial de Carabaya, Fabio Vargas, en fecha 25 de octubre para tomar las acciones correctivas del caso.

Corresponsal de Carabaya: Yeferson Mamani

R.C.M.

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