La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó la transferencia financiera y el otorgamiento mensual de la subvención del financiamiento público directo, de enero a junio del 2023, por un total de 7 millones 798,001.64 soles, a favor de diez organizaciones políticas.

Esto es lo que dispone la Resolución Jefatural 005697-2022-JN/ONPE, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Los partidos políticos y el total del financiamiento público directo que recibirá cada uno en el primer semestre del año son: Partido Político Nacional Perú Libre (S/ 1 millón 075,639.61), Fuerza Popular (S/ 957,530.59), Renovación Popular (S/ 843,268.72), y Acción Popular (S/ 825,571.60).

Asimismo, Alianza para el Progreso (S/ 741,414.23), Avanza País-Partido de Integración Social (S/ 741,130.77), Juntos por el Perú (S/ 687,321.48), Partido Democrático Somos Perú (S/ 661,153.18), Podemos Perú (S/ 644,211.68) y el Partido Morado (S/ 620,759.78).

La subvención se brindará en el marco de lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas y sus modificatorias y la Décima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023.

Para este efecto, la norma autoriza a la gerencia de administración a efectuar las transferencias interbancarias de las subvenciones del financiamiento público directo correspondiente a enero-junio del 2023 en las cuentas bancarias de las organizaciones políticas beneficiarias, comunicadas a la ONPE y que hayan cumplido con los requisitos señalados en el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios.

Asimismo, la norma fija el 15 de julio del 2023 como fecha límite de presentación de la rendición de cuentas del financiamiento público directo correspondiente al primer semestre del ejercicio anual 2023, que efectuarán los partidos políticos que obtuvieron representación en el Congreso en las Elecciones Generales 2021.

El financiamiento público directo es el otorgamiento de fondos, con cargo al Presupuesto General de la República, a los partidos políticos y alianzas electorales con representación en el Congreso, para ser utilizados durante el quinquenio posterior a las elecciones generales en las que fueron electos, de acuerdo con la Ley de Organizaciones Políticas y bajo la reglamentación de la ONPE.

Este financiamiento no debe ser utilizado con fines de lucro, ni con fines distintos a lo establecido en la Ley de Organizaciones Políticas. (Andina)

R.C.M.

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