Para enfrentar los efectos generados por la covid-19 y el aumento de los insumos agrícolas en el mundo, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) aprobó el “Plan de Emergencia Agrario”, que contempla un conjunto de medidas para recuperar al campo y retomar el crecimiento productivo, principalmente, de la agricultura familiar.

Mediante resolución ministerial Nº 0140-2022-Midagri rubricada por el titular del sector, Oscar Zea, y publicada hoy en el diario “El Peruano”, se aprueba el  “Plan de Emergencia Agrario” en el marco de la emergencia del sector agrario, donde se han consignado hasta 39 acciones para potenciar la actividad agropecuaria a nivel nacional.

Por ejemplo, en materia de equipamiento y capacitación de productores, se establece, la implementación de escuelas de campo; la mecanización del agro (entrega de tractores y equipos agrícolas); fortalecimiento de capacidades productores lácteos; funcionamiento del Servicio Civil de Graduados para el sector agrario (Secigra Agro), entre otras.

Cabe recordar, que hace unos días, el ministro anunció la adquisición de 1,000 tractores para los productores, con una inversión de S/ 344 millones.

En materia de insumos, se ejecutará la dotación de semillas certificadas para mejorar la capacidad productiva de la agricultura orgánica; la entrega de plantones frutales; la producción de pajillas de semen; provisión de semillas certificadas y registradas.

También se promoverá la siembra y cosecha de agua, los micro reservorios, riego tecnificado; la constitución de fondos de forestación y reforestación; medidas extraordinarias para reducir los impactos de las alzas de fertilizantes en el agro; la producción y oferta de abonos sólidos y líquidos, así como guano de islas; fomento de asistencia técnica en la producción orgánica o ecológica.

Redefinicion de Agroperú

Sobre instrumentos financieros, el plan plantea la redefinición del fondo Agroperú priorizando la inclusión de pequeños productores al sistema financiero; mecanismos de financiamiento a la agricultura familiar; la diversificación de cultivos con potencial productivo; implementación de ruedas de negocios para cadenas productivas; la creación de programa de incentivos para financiamiento directo de pequeños y medianos productores, así como subvenciones a productores, entre otros.

Respecto a asociatividad y cooperativismo se impulsará la formalización de organizaciones de productores agropecuarios; asistencia técnica en gestión comercial a organizaciones de productores agropecuarios; incentivos tributarios para premiar la asociatividad  entre pequeños y grandes productores; implementación de planes de negocios de incentivos en la adopción de tecnología en producción y transformación agropecuaria de la agricultura familiar, entre otras.

La misma resolución encarga a la  Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas (DGESEP) del MIDAGRI, realizar el seguimiento y evaluación de las medidas contenidas en el Plan de Emergencia Agrario.

Garantizar abastecimiento

También se ocupará de la elaboración de los indicadores correspondientes, en coordinación con las unidades de organización, programas y organismos públicos adscritos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, que ejecutan las actividades del referido Plan de Emergencia Agrario.

En los fundamentos de la norma se señala que el Plan de Emergencia Agrario tiene por objetivo reorientar las intervenciones y/o servicios del Midagri y sus organismos públicos adscritos, con la finalidad de generar prioritariamente las condiciones necesarias para la continuación de las actividades productivas agropecuarias, que contribuyan al abastecimiento de alimentos agrarios.

Asimismo, dicho plan consta de cuatro líneas de acción: a) equipamiento mecánico y entrenamiento a los productores agropecuarios; b) formas de asociatividad, priorizando el cooperativismo; c) optimización y diversificación de instrumentos financieros y no financieros para productores agropecuarios; y, d) insumos agrarios y semillas certificadas, priorizando la producción orgánica o ecológica. (Andina)

R.C.M.

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