El animal no llevaba bozal y atacó al menor de 10 años.

Los jueces superiores Reynaldo Luque Mamani, Óscar Ayestas Ardiles y Javier Arpasi Pacho, que integran la Sala Penal de Apelaciones de Puno, confirmaron la sentencia Nº016-2023 del Juzgado Penal Unipersonal de Desaguadero, que condenó a una pena suspendida de 1 año y 8 meses al ciudadano Eugenio Mamani Apaza (59), como autor del delito de lesiones culposas graves.

Según la resolución judicial, Mamani Apaza incurrió en el referido delito debido a que el 29 de noviembre del 2020, acudió a una reunión en la comunidad de Justani, del distrito de Zepita, acompañado de su mascota, el cual atacó a un menor de iniciales J.B.M.M., a quien le mordió el rostro causándole heridas de consideración.

En un inicio, este caso fue conocido por el Juzgado de Paz de Segunda Nominación de Zepita, donde el padre del menor solicitó 11 mil soles para realizar el tratamiento de las heridas del niño, pero el demandado no accedió; por ello, el proceso fue derivado al órgano jurisdiccional competente al no existir un acuerdo entre las partes.

Una de las consideraciones que tomaron en cuenta los jueces superiores es que Eugenio Mamani, llevó a su perro libremente y sin bozal, tampoco traía consigo alguna cadena u otros dispositivos de seguridad; es decir, que no tomó las medidas preventivas necesarias para evitar el ataque.

Finalmente, debemos precisar que la sentencia de vista también confirma la reparación civil que asciende a 20 mil soles, monto que Eugenio Mamani deberá pagar a la parte agraviada. En tanto, el sentenciado debe cumplir algunas reglas de conducta como evitar ausentarse de su domicilio, pagar los daños en 3 meses, comparecer ante el juzgado, entre otros.

R.G.Q