Los trabajadores que cuenten con una CTS tienen plazo al 31 de diciembre de este año para retirar hasta el 100% del beneficio, tal como lo contempla el reglamento aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a inicios de año, sostuvo el especialista en finanzas, Ernesto Ortiz.

El también docente de la Universidad Continental, refirió que lo mismo sucedió con el depósito de la CTS de mayo, por lo que, si algún trabajador desconocía de la norma, puede hacer el retiro ahora mismo o tras el nuevo depósito.

Sugerencia

Sin embargo, el experto recomendó que, si las personas retiran el dinero de su CTS, coloquen parte de sus fondos en depósitos a plazo fijo o en fondos mutuos, para evitar la pérdida de su valor por efectos de la inflación, y para generar la cultura del ahorro.

También recordó que, en algunos casos, la tasa de interés por CTS es mayor que la de ahorros, por lo que indicó que, de no ser muy necesario contar con liquidez, se evite hacer uso de ese fondo.

Seguro de desempleo

Ortiz también recordó que la CTS es un beneficio laboral que otorga el empleador al trabajador que se encuentra en planilla con la finalidad de proteger a este último al momento en que pierda el vínculo laboral; y funciona como un “un seguro de desempleo. (Andina)

R.C.M.

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