El aspirante a la alcaldía distrital de San Miguel, César Manuel Apaza Mamani, se encuentra en el centro de la polémica tras revelarse que omitió declarar una sentencia condenatoria por delito doloso en su hoja de vida presentada ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). El candidato, quien postula por la alianza Acción Social por la Integración y Juntos por el Perú (ASI – JP), estaría impedido de participar en el proceso electoral de acuerdo con las reformas constitucionales vigentes.

La sentencia en cuestión (N°10-2025) fue emitida en segunda instancia por la Sala Penal de San Román el 21 de enero de 2025. Los jueces superiores hallaron a Apaza Mamani, junto a cuatro miembros de su familia (Hipólito, Felipa, Lucía Luzmila y Albina Mamani), responsables como coautores del delito contra el patrimonio en su modalidad de usurpación agravada, imponiéndoles cinco años de pena privativa de libertad suspendida.

Los hechos delictivos ocurrieron en la comunidad de Hombre Huaty, distrito de Samán, donde los sentenciados invadieron terrenos pertenecientes a la I.E.I. N°657. Según las fuentes, los implicados realizaron actos vandálicos como tapar un pozo de agua destinado al aseo de los niños, «tractorear» áreas del jardín como si fueran propias y derribar, con apoyo de matones, un muro de protección construido por los comuneros.

La omisión de esta información es crítica, ya que la Ley 31042 (que incorpora los artículos 34-A y 39-A a la Constitución Política) establece que están impedidas de postular a cargos de elección popular las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por delito doloso. Al contar con una condena incluso en segunda instancia, Apaza Mamani se encontraría legalmente inhabilitado para ejercer función pública o ser candidato.

Al ser consultado sobre esta situación, César Manuel Apaza Mamani ofreció versiones contradictorias. Alegó inicialmente que podía postular porque su sentencia no es de «pena efectiva» y luego sostuvo que sí había declarado la condena, sugiriendo que la falta de registro en su hoja de vida se debió a un «error de digitación».

Es importante mencionar que, aunque omitió sus antecedentes penales, el candidato sí consignó en su declaración jurada una demanda civil vigente por obligación alimentaria (alimentos), la cual se tramita en el expediente 0052-2025 ante el 1er. Juzgado de Paz Letrado de Juliaca. Ante las evidencias, se espera que el ente electoral proceda de acuerdo a ley respecto a la viabilidad de su candidatura.

(E.C)