Como parte de las medidas para reducir el riesgo de contagio del covid-19, a partir del pasado viernes 10 de diciembre es obligatoria la presentación de carnet de vacunación con inmunización doble para poder ingresar a diversos espacios cerrados. Conoce en esta nota los lugares donde rige la norma, así como sus porcentajes máximos de aforo.

El Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM, publicado en la Edición Extraordinaria de las Normas Legales de El Peruano, señala que la medida alcanza a las personas mayores de 18 años que deseen ingresar a los locales donde se desarrollan actividades económicas y de culto.

Al respecto, el Minsa precisa que las personas mayores de 18 años solo podrán ingresar a lugares públicos con ambientes cerrados, restaurantes, comercios, supermercados y centros laborales siempre y cuando hayan completado su esquema de vacunación con las dos dosis de la vacuna contra el coronavirus. (Andina)

Y.C.Q.