A diario, cientos de teleoperadores de diversas líneas de emergencia se enfrentan a comunicaciones malintencionadas, acciones irresponsables que dificultan la labor de las instituciones abocadas a combatir la pandemia del COVID-19 en todo el territorio nacional.
Frente a esta problemática, el Ejecutivo autorizó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) a suspender, por un periodo de 30 días, el tráfico saliente de voz y datos de internet de aquellas líneas telefónicas desde las cuales se realicen llamadas malintencionadas a las centrales de emergencia, urgencia e información.
Pero, ¿qué tipos de llamadas perniciosas pueden provocar la suspensión temporal de las líneas durante el Estado de Emergencia Nacional?
Falsas: Cuando se comunica una alarma o reporte respecto de la presencia de fuego, bomba explosiva, delito, violencia familiar; expresa necesidad de auxilio médico o refiere cualquier otra emergencia o urgencia que no se sustenta en una situación verdadera. Es un engaño total al operador de la central.
Perturbadoras: Cuando se comunica un insulto, ofensa, amenaza, se realiza bromas o efectúa cualquier otro acto de índole similar, distrayendo el tiempo del operador.
Silentes: Cuando quien llama permanece en silencio.
Es importante remarcar que este tipo de acciones, además de constituir una infracción administrativa también puede dejar víctimas, al impedir que las personas que verdaderamente requieren la atención inmediata de las Centrales de Emergencia, en situaciones de alta peligrosidad, puedan comunicarse debido a la alta saturación de su sistema de llamadas.
En ese sentido, el MTC ratifica su invocación a la ciudadanía a usar de manera responsable los números de las centrales de emergencia a fin de permitir la atención oportuna de posibles casos de Covid-19, así como la inmediata intervención de las fuerzas del orden ante posibles desmanes que pudiera registrarse durante el Estado de Emergencia Nacional. (Andina)