Hoy se oficializó la ley que modifica el Código Penal, el Código Procesal Penal y la Ley N°28950 – Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes.

La norma, publicada hoy en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, sistematiza los artículos referidos a los delitos de trata de personas y de explotación, al considerarlos como delitos contra la dignidad humana.

Incorpora además como agravantes al delito de trata de personas el embarazo, que la víctima tenga entre 14 y 18 años; cuando el agente es cónyuge, conviviente, adoptante, tutor, curador, pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, o tiene a la víctima a su cuidado por cualquier motivo, entre otros.

Para esos casos, la pena privativa de libertad será no menor 12 años ni mayor de 20 e inhabilitación.

Será no menor de 25 años, cuando se produzca la muerte, lesión grave o se ponga en inminente peligro la vida y la seguridad de la víctima, o cuando la víctima es menor de 14 años de edad o padece, temporal o permanentemente, de alguna discapacidad física o mental.

La norma tiene la firma de la presidenta del Congreso, Mirtha Vásquez, y del presidente de la República, Francisco Sagasti.

R.C.M.

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