Según detalla en los expedientes a muchos de ellos el horario les jugó mal a varios personeros legales pues presentaron subsanaciones a destiempo y otros no cumplieron con el levantamiento de sus observaciones notificadas anteriormente.

INADMISIBLES

Según las resoluciones que se verifican en el portal del JNE 2 son los candidatos al sillón municipal de San Román que fueron declarados inadmisibles, siendo ellos: Melecio Chino Colquehuanca, del partido político “Gestionando Obras y Oportunidades Con Liderazgo”, con resolución N° 00118-2022-JEE-SROM/JNE, donde figura que no acredita residencia.

Otro de los candidatos es Mario Benavente Llerena, “Las Comunidades Fuentes de Integración Andina de Puno – Confía Puno”, Resolución N° 00162-2022-JEE-SROM/JNE, sin embargo, con opción a apelar bajo apercibimiento de declarar improcedente la solicitud con relación a las omisiones advertidas.

IMPROCEDENTE

Además, 2 listas fueron consideradas como improcedentes, ellas son: Fredy Celso Quispe Zea, Juntos Por el Perú, con Resolución N° 00247-2022-JEE-SROM/JNE y Oscar Williams Cáceres Rodríguez, Reforma y Honradez, con Resolución N° 00324-2022-JEE-SROM/JNE, este último el JEE dio plazo de 02 días para que subsanen las observaciones.

ADMITIDOS

En tanto, el JEE de San Román admitió la lista de 10 de las agrupaciones cuyos candidatos al sillón municipal se presentaron para la alcaldía de San Román, en el marco de las elecciones regionales y municipales 2022, indicando que cumplen con los requisitos para ser inscritos, siendo estos los siguientes: Rubén Tamayo Mollinedo, “Moral y Desarrollo”, a través de la resolución N° 00287-2022-JEE-SROM/JNE.

Jhon Efraim Espejo Vilca, de la Organización Política Somos Pueblo, a través de la resolución RESOLUCIÓN N° 00145-2022-JEE-SROM/JNE.

Pedro Alejandrino Jallurana Jiménez, “Partido Democrático Somos Perú”, Resolución N° 00276-2022-JEE-SROM/JNE, sin embargo, dos los regidores 2 y 7 no cumplieron con consignaron ciertos requisitos quedando inadmitidos.

Guillermo Eugenio Achahui Tisoc, Partido Político Nacional Perú Libre, Resolución N° 00307-2022-JEE-SROM/JNE; Oscar Rimberto Mamani Calla, Podemos Perú, Resolución N° 00136-2022-JEE-SROM/JNE.

Rolando Eloy Mamani Zela, Movimiento De Integración y Revolución Andina, Resolución N° 00263-2022-JEE-SROM/JNE.

Ricardo Enrique Portugal Galdos, “Partido Frente De La Esperanza 2021”, Resolución N° 00231-2022-JEE-SROM/JNE.

Carlos Alberto Mendiguri Vargas, “Frente Amplio para El Desarrollo del Pueblo”, resolución N° 00281-2022-JEE-SROM/JNE.

Adolfo German Quispe Chaiña, “Movimiento Acción Regional”, resolución N° 00271-2022-JEE-SROM/JNE.

Felix Octavio Vilca Arratia, “Poder Andino”, con resolución N° 00227-2022-JEE-SROM/JNE. (Sin Fronteras)

R.C.M.

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