Para responder si Walter Aduviri Caliizaya, regresa a ejercer sus funciones como gobernador regional de Puno, luego que corte suprema resolviera rebajar la pena de 6 años efectiva a prisión suspendida por 4 años. Juan Echenique Cáceres abogado, citó la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y en deducción sostuvo que Aduviri no volverá a ejercer el cargo para el que fue elegido.

Según sustentó en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto al ejercicio de función como gobernador o vicegobernador, el Artículo 30 se refiere a la vacancia, que ilustra los casos por delito doloso de forma directa.

En tanto en el Artículo 31, el textualmente indica; “Si del proceso resulta que el procesado  ha sido absuelto podría reasumir el cargo, caso contrario el consejo regional declara la vacancia”. “Entonces esto está más claro que el agua, ahora si Aduviri se presenta ante el gobierno regional, el consejo va tener que tomar una decisión para vacarlo y partir de ese momento el señor Aduviri no va poder ejercer el cargo”, dijo Juan Echenique.

Ahora que el suspendido gobernador recobró su libertad, tendrá que cumplir reglas de conducta, en el tiempo de prueba que son tres años; entre ellos está impedido de cometer otro delito, “porque sí comete un delito y no cumple las reglas de conducta, esa sanción que es suspendida se revoca”, adujo.

Las reglas que están escritas en el código penal son; no frecuentar a lugares  donde se pueden cometer algunos delitos, no ausentarse del lugar de residencia, comparecer cada cierto tiempo al juzgado para dar cuenta de sus actividades y otros que está estipulados en el Artículo 58 del Código Penal.

R.C.M.

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