El Poder Judicial declaró infundada en todos sus extremos la demanda contencioso administrativa interpuesta por el ex rector de la Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez (UANCV), Juan Luque Mamani, quien solicitaba el pago de una millonaria suma por concepto de pensión de jubilación universitaria.

La decisión fue emitida por el Segundo Juzgado de Trabajo – Zona Norte, sede Juliaca, mediante la Sentencia N.° 177-2026-LA, correspondiente al Expediente N.° 1173-2022, con fecha 13 de mayo de 2026.

Según el proceso judicial, Luque Mamani, quien ocupó en dos oportunidades el cargo de rector de la universidad, pretendía cobrar un total devengado de S/ 661,365.00. Asimismo, exigía la restitución del pago continuo y reintegros del beneficio laboral convencional denominado “pensión de jubilación universitaria”.

En la resolución judicial, el magistrado señala que, si bien el demandante alegaba la existencia de un derecho adquirido al pago vitalicio del beneficio, este solo puede configurarse cuando ha sido obtenido conforme a ley.

“El demandante sostiene la existencia de un derecho adquirido al pago vitalicio del beneficio; sin embargo, los derechos adquiridos solo se configuran cuando han sido obtenidos conforme a ley”, precisa la sentencia.

Del mismo modo, el juez remarca que el beneficio reclamado tiene un origen convencional y no corresponde a un régimen pensionario legalmente constituido, por lo que no constituye un derecho absoluto ni inmutable.

“Al tratarse de un beneficio de origen convencional y no de un régimen pensionario legalmente constituido, su otorgamiento no genera un derecho absoluto, inmutable ni ajeno a revisión cuando existen circunstancias objetivas que afectan su sostenibilidad”, señala el fallo judicial.

La resolución también declara infundada la excepción de prescripción deducida por la defensa de la Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez y dispone que el proceso concluya sin costos ni costas.

R.C.M.

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