La responsable de la Unidad Local de Empadronamiento (ULE) SISFOH de la Municipalidad Provincial de San Román, Beatriz Arestegui Chalco, aclaró que la municipalidad no tiene la facultad de determinar quién accede o deja de ser beneficiario de programas sociales como Pensión 65, sino que la clasificación socioeconómica de los ciudadanos es realizada por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), a través del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS), utilizando información proveniente de diversas bases de datos oficiales.

La funcionaria explicó que la labor de la ULE consiste únicamente en recoger la información de los ciudadanos que solicitan por primera vez una clasificación socioeconómica o requieren actualizarla. Posteriormente, esa información es procesada por el sistema nacional de focalización, el cual determina si una persona se encuentra en condición de pobreza extrema, pobreza o no presenta vulnerabilidad, de acuerdo con su calidad de vida.

Las declaraciones fueron brindadas luego de que algunos ciudadanos, principalmente adultos mayores, denunciaran haber perdido el acceso a programas sociales tras una evaluación del SISFOH. Arestegui lamentó que exista desinformación sobre este procedimiento y enfatizó que ni el alcalde, ni los empadronadores, ni la municipalidad tienen la capacidad de modificar la clasificación socioeconómica de un ciudadano.

Asimismo, precisó que el trabajo de los empadronadores se encuentra regulado por la Directiva N.° 010-2024 del Midis. Durante las visitas domiciliarias deben solicitar autorización para ingresar a la vivienda, verificar espacios básicos como el lugar donde se duerme y se cocina, y culminar el proceso con una fotografía en la puerta del inmueble para fines de georreferenciación, mecanismo implementado en los últimos años para garantizar la veracidad de la información recopilada.

La responsable del ULE recordó que la clasificación socioeconómica tiene una vigencia determinada: cuatro años en zonas urbanas, seis años en comunidades campesinas y ocho años en ámbitos amazónicos. Por ello, recomendó a los beneficiarios actualizar su información con anticipación, entre seis meses y un año antes de su vencimiento, ya que no hacerlo puede ocasionar la pérdida de la posibilidad de acceder a determinados programas sociales.

En ese contexto, informó que actualmente en la ciudad de Juliaca existen 1,702 adultos mayores que ya cuentan con la clasificación de pobreza extrema y cumplen los requisitos para postular al programa Pensión 65, encontrándose a la espera de ser incorporados según la disponibilidad presupuestal y los criterios de elegibilidad establecidos por dicho programa.

Respecto a los plazos, indicó que el trámite de clasificación socioeconómica demora hasta 25 días hábiles en barrios y urbanizaciones, mientras que en comunidades campesinas puede extenderse hasta 40 días hábiles. No obstante, señaló que la municipalidad procura acelerar los procedimientos priorizando los casos relacionados con programas sociales y otros grupos considerados de atención preferente.

Finalmente, Arestegui exhortó a la población a actuar con responsabilidad y comprender que los programas sociales están dirigidos a quienes realmente se encuentran en situación de vulnerabilidad. También reiteró que la clasificación socioeconómica constituye únicamente el primer requisito para postular a beneficios estatales, ya que la incorporación definitiva depende de la evaluación y del presupuesto de cada programa social, siendo Pensión 65 el único que exige obligatoriamente la condición de pobreza extrema para acceder a sus beneficios.

R.C.M.

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