El gerente de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Provincial de San Román, Hugo Apaza Cabrera, informó que el terreno recuperado recientemente en la urbanización Los Choferes fue intervenido mediante un procedimiento de recuperación extrajudicial encabezado por la Procuraduría Municipal.

Según explicó el funcionario, la intervención fue liderada por el procurador municipal que recientemente asumió el cargo y se realizó luego de cumplirse todas las etapas correspondientes dentro de un proceso que, de acuerdo con la Procuraduría, se venía desarrollando desde hace aproximadamente dos años.

Apaza Cabrera precisó que la Gerencia de Desarrollo Urbano brindó el sustento técnico necesario a la Procuraduría, señalando que el predio en cuestión está considerado dentro de la habilitación urbana como un área de “otros usos”, destinada al uso colectivo.

“Nosotros alcanzamos el tema técnico a la Procuraduría para que tenga bien entendido que la habilitación urbana y el área en mención es un área de otros usos”, manifestó.

Asimismo, indicó que, en reuniones previas sostenidas con el alcalde provincial, la Gerencia Municipal y otras áreas competentes, se recomendó al interesado presentar un petitorio formal para solicitar la afectación en uso del terreno; sin embargo, aseguró que nunca se presentó la documentación requerida.

“El padre tenía que presentar el petitorio porque una afectación de uso tiene que ser aprobada mediante sesión de concejo. No se presentó ningún tipo de documento para la afectación de uso ni para que se le otorgue ese predio”, señaló.

El funcionario aclaró que cualquier institución o entidad tiene derecho a solicitar el uso de un terreno municipal, siempre que cumpla con los procedimientos administrativos establecidos y sin alterar la naturaleza colectiva del predio.

Respecto a versiones sobre una posible entrega del terreno a otra entidad, como el Banco de la Nación, Apaza Cabrera indicó que su gerencia no tiene conocimiento de ningún pedido formal y reiteró que cualquier decisión dependerá de la presentación de solicitudes y la evaluación correspondiente.

Finalmente, advirtió que una eventual reinstalación en el terreno sin autorización podría derivar en sanciones por desobediencia a la autoridad, ya que la posesión de un predio requiere acreditar propiedad o autorización legal correspondiente.

Sobre la minuta mostrada por los ocupantes durante la intervención, el gerente sostuvo que dicho documento no acredita posesión del terreno, remarcando que la habilitación urbana constituye el principal sustento técnico y legal para determinar la condición del área como aporte de uso colectivo.

R.C.M.

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