Foto Internet: Municipalidad de Puno

ARTÍCULO PRIMERO. – SUSPENDER las actividades económicas y comerciales en la ciudad de Puno, del 16 al 31 de agosto, ante incremento de contagios y fallecimientos ocasionados por el COVID-19, la medida de restricción será a partir de las 16:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente; la finalidad de la disposición es romper la cadena de contagios de la pandemia.

ARTÍCULO SEGUNDO. – ENCARGAR a los Alcaldes de los Centros Poblados del Distrito de Puno procedan a la elaboración de un Plan de Contingencia de prevención, control y de riesgo de aparición, contagio u otro sobre el COVID-19.

ARTÍCULO TERCERO. – DISPONER la colaboración del Ministerio Público, Poder Judicial (Distrito Judicial de Puno), autoridades policiales y militares conforme a lo establecido en el artículo 10° del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM.

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